Gálvez, A. (1915). El Colegio de Abogados de Lima: Historia de su fundación. Lima: Ilustre Colegio de Abogados.

Aníbal Gálvez (Cajamarca, 1865-Lima, 1922) fue un abogado cajamarquino. Cursó estudios en la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, donde obtuvo el grado de bachiller con la tesis ¿Pueden suspenderse las garantías constitucionales? (1885). Desempeñó cargos en jurisprudencia como relator de la Sala del Crimen de la Corte Superior de Lima, además en instancias de Chancay, Lima y Huallaga. Fue elegido diputado por Cajabamba (1920) y fue miembro fundador del Instituto Histórico del Perú. Colaboró de manera ocasional con revistas y periódicos de la época como Variedades, El Comercio y La Prensa. Ha contribuido con diversas publicaciones entre ellas La instrucción pública en el Perú y el Instituto de Lima (1913), Zela (2 vols., 1911) y El Colegio de Abogados de Lima: Historia de su fundación (1915).

La presente publicación explora la fundación del Colegio de Abogados de Lima, abarcando desde los antecedentes históricos de la disciplina jurídica en las antiguas civilizaciones occidentales, su implementación y evolución legal en España y el Virreinato del Perú, hasta los primeros años de la República peruana. En el contexto peruano, un antecedente importante de la disciplina jurídica fue la creación de la Hermandad de los Abogados en 1726, cuyos miembros participaron en actividades religiosas en la capilla de Desamparados bajo la orden de la Compañía de Jesús. Sin embargo, esta hermandad se extinguió con la expulsión de los jesuitas.

Posteriormente, en 1777, la llegada del visitador general de tribunales, José Antonio de Areche, condujo a la autorización mediante una Real Orden para establecer un Colegio de Abogados similar al de Madrid. Aunque una Real Cédula ordenó su constitución en España, esta disposición no se implementó en la región. No obstante, las gestiones de Tadeo Bravo de Rivero permitieron la autorización para fundar un Colegio de Abogados en Lima con características y estatutos similares a los de su homólogo en México. Finalmente, su establecimiento formal se concretó el 31 de julio de 1804 a través de una Real Cédula.

En cuanto a los primeros estatutos, estos reflejaron una estructura organizativa clara y objetivos definidos para la institución. Reconocido como una “corporación” con respaldo real, el Colegio ostentaba el título de “ilustre”. Para ingresar, era necesario aprobar una evaluación ante la Real Audiencia, asistir obligatoriamente a actividades académicas del Colegio, como el estudio del Derecho Indiano, y demostrar ante los miembros sus conocimientos en la materia. Ser miembro colegiado era indispensable para ejercer la defensa legal. La institución tenía como objetivos supervisar la práctica profesional según criterios éticos, ofrecer educación continua en jurisprudencia, proporcionar apoyo a sus miembros en gastos funerarios, y brindar asistencia social a sus familias.

Existencias digitalizadas:

Referencias bibliográficas:

Tauro, A. (ed.) (2001). Enciclopedia Ilustrada del Perú. Tomo 7. Lima: Peisa.


Créditos: Google.

Elaborador: Camacho Mejía, Francisco

Fecha de publicación: 20/AGO/2024

Última actualización: 20/AGO/2024